La Nueva Ley Procesal del Trabajo diseña el “proceso abreviado laboral” como un procedimiento específico para atender la pretensión de reposición del trabajador. En la presente investigación se determinará, sobre la base de lo expuesto por la doctrina y la jurisprudencia constitucional, si dicho procedimiento configura una vía igual de satisfactoria que el proceso constitucional de amparo, pues, de serlo, este último proceso deberá ser declarado improcedente.
Publicado en: Soluciones Laborales, Nº 39, Gaceta Jurídica, Lima, marzo, 2011.
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