PIURA, 27 AL 29 DE NOVIEMBRE DEL 2013
El último miércoles 27
de noviembre se dio inicio al II Congreso Internacional de Derecho Procesal del
Trabajo, organizado por la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social, el cual, este año, se ha llevado a cabo en la ciudad de
Piura.
Tres son los temas ejes
sobre los que ha girado este congreso: a): El protagonismo del Juez Laboral:
atribuciones y limitaciones; b) Los co-protagonistas del proceso: obligaciones
y responsabilidades de las partes y de sus abogados; y, c) El proceso en
sí: la audiencia y su importancia. Precisamente, en esta ocasión, uno de
los autores de este blog, el Dr. Elmer Huamán, ha realizado, en coautoría con
el reconocido laboralista Dr. Manuel De Lama, una ponencia que ha sido aprobada
y defendida durante la realización de este congreso internacional.
El título de dicha
ponencia es “La rebeldía en el nuevo proceso laboral: aspectos controvertidos
presentes en su aplicación por parte de nuestros jueces laborales"; y está
encuadrada dentro del primer bloque temático, esto es, dentro de la discusión
sobre el protagonismo del Juez Laboral, sus atribuciones y limitaciones.
En este trabajo, los
autores abordan los siguientes puntos: primero, realizan una exposición
breve, desde una perspectiva conceptual, sobre la institución de la rebeldía en
el nuevo proceso laboral, comparándola con la regulación que existía en la Ley
N° 26636 y que existe en el Código Procesal Civil; segundo, analizan el
supuesto de rebeldía por ausencia de poderes suficientes para conciliar y
proponen una posible reforma del artículo 43° de la NLPT; luego, examinan la
validez de que el juez proceda al juzgamiento anticipado del proceso luego de
declarar la rebeldía del emplazado; y, finalmente, exponen una crítica respecto
a la admisión de pruebas del demandado en situación de rebeldía gracias a
la facultad del juez de ordenar de oficio la actuación de pruebas.
Proporcionamos a
nuestros lectores dicha ponencia, en donde se expone una postura que, al parecer,
no comparten nuestros Jueces Laborales según lo que han dejado entrever en el
Pleno Laboral Nacional 2012 (ver anterior post en donde detallamos lo expuesto en este pleno). Esperamos
sus opiniones pero, sobre todo, sus críticas.
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