A través de este blog, dos jóvenes abogados, con un vivo intéres por los temas laborales y previsionales, intentamos mostrar al público algunas investigaciones que hemos realizado sobre importantes instituciones de la rama jurídico sociolaboral. Del mismo modo, esta palestra pretende dar a conocer nuestras opiniones sobre los cambios normativos y las novedades jurisprudenciales de implicancia laboral más candentes que surgen en el ámbito local. No obstante, somos concientes de que nuestras opiniones no buscan defender dogmas. Más bien, pretendemos encender la mecha de la discusión jurídica y, a la vez, promoveremos la consolidación, el cambio, o, de ser el caso, el rechazo de las novedades que asomen en nuestro escenario.

martes, 10 de diciembre de 2013

II CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO

PIURA, 27 AL 29 DE NOVIEMBRE DEL 2013



Foto: II congreso internacional de derecho procesal laboral (udep)
El último miércoles 27 de noviembre se dio inicio al II Congreso Internacional de Derecho Procesal del Trabajo, organizado por la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, el cual, este año, se ha llevado a cabo en la ciudad de Piura.

Tres son los temas ejes sobre los que ha girado este congreso: a): El protagonismo del Juez Laboral: atribuciones y limitaciones; b) Los co-protagonistas del proceso: obligaciones y responsabilidades de las partes y de sus abogados; y, c) El proceso en sí: la audiencia y su importancia. Precisamente, en esta ocasión, uno de los autores de este blog, el Dr. Elmer Huamán, ha realizado, en coautoría con el reconocido laboralista Dr. Manuel De Lama, una ponencia que ha sido aprobada y defendida durante la realización de este congreso internacional.

El título de dicha ponencia es “La rebeldía en el nuevo proceso laboral: aspectos controvertidos presentes en su aplicación por parte de nuestros jueces laborales"; y está encuadrada dentro del primer bloque temático, esto es, dentro de la discusión sobre el protagonismo del Juez Laboral, sus atribuciones y limitaciones.

En este trabajo, los autores abordan los siguientes puntos:  primero, realizan una exposición breve, desde una perspectiva conceptual, sobre la institución de la rebeldía en el nuevo proceso laboral, comparándola con la regulación que existía en la Ley N° 26636 y que existe en el Código Procesal Civil; segundo, analizan el supuesto de rebeldía por ausencia de poderes suficientes para conciliar y proponen una posible reforma del artículo 43° de la NLPT; luego, examinan la validez de que el juez proceda al juzgamiento anticipado del proceso luego de declarar la rebeldía del emplazado; y, finalmente, exponen una crítica respecto a la admisión de pruebas del demandado en situación de rebeldía  gracias a la facultad del juez de ordenar de oficio la actuación de pruebas.

Proporcionamos a nuestros lectores dicha ponencia, en donde se expone una postura que, al parecer, no comparten nuestros Jueces Laborales según lo que han dejado entrever en el Pleno Laboral Nacional 2012 (ver anterior post en donde detallamos lo expuesto en este pleno). Esperamos sus opiniones pero, sobre todo, sus críticas.


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